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17 de Mayo de 2011 Comunicaciones on-line con el Consorcio de Compensación de Seguros

La mejora en los sistemas de comunicación del Consorcio de Compensación de Seguros, permite actualmente notificar on-line los siniestros de riesgos extraordinarios como son inundaciones, terremotos ó tempestades ciclónicas atípicas a traves del siguiente enlace: http://www.consorseguros.es 

El modo más sencillo y aconsejable para procederse a solicitar la indemnización electrónicamente por los daños materiales sufridos es hacerlo a través de la Oficina Virtual (margen derecho de la página principal).

Para utilizar este medio de solicitud de indemnización se requiere disponer de certificado o DNI electrónicos.

 El usuario, una vez identificado mediante sus correspondientes claves, seguirá los pasos que marquen las distintas pantallas que van mostrándose en el proceso, al final del cual aparecerá el número de registro que se ha asignado a su solicitud (número que recibirá también por correo electrónico), y que deberá utilizar como identificativo para cualquier información que precise o consulta que desee realizar en relación con la misma.

En el momento de iniciar la solicitud de indemnización a través de la web del Consorcio es imprescindible disponer de los datos que se indican a continuación para grabarlos en las distintas pantallas:

  • Datos de la póliza de seguro: entidad aseguradora y número de la póliza.
  • Datos de quien presenta la solicitud de indemnización on line y del asegurado, si fueran personas distintas: nombre y apellidos o razón social; NIF o CIF; dirección y teléfonos de contacto.
  • Datos bancarios para el pago de la indemnización: código cuenta corriente (20 dígitos), compuesto de número de entidad bancaria; número de la sucursal de la misma; dígitos de control; y número de la cuenta.
  • En el caso de daños a vehículos a motor: marca, modelo y matrícula del vehículo dañado. Si se encontrase en un taller para ser reparado, es muy recomendable facilitar el nombre, dirección y teléfono del mismo para agilizar la peritación de los daños. 

 

Posteriormente el perito tasador asignado por el Consorcio para la valoración de las pérdidas se pondrá en contacto con el solicitante para acordar una visita y examinar los daños. Para facilitar esa peritación y agilizar la tramitación del expediente es preciso seguir las indicaciones que a continuación se señalan: 

  • Conservar los restos de los bienes dañados a disposición del perito y, si no resultara posible, sacar fotografías antes de la retirada de los mismos.
  • Conservar las facturas en caso de que se tuviera que realizar de forma urgente alguna reparación.
  • Disponer, en el momento de la visita del perito tasador, de los presupuestos y facturas de reparación de los daños y de dos ejemplares (original y copia) de la póliza y del recibo de pago de prima correspondiente al periodo en que se hubieran producido los daños, para poder entregar al perito la copia de ambos documentos, así como de algún recibo o documento bancario en el que conste, para su verificación, la cuenta bancaria (20 dígitos) a la que se hubiera solicitado se abone la indemnización.



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