T: 943 314 591 | info@mediadoresgipuzkoa.com
 
Noticias

17 de Julio de 2012 Circular del Banco de España sobre transparencia de los servicios bancarios.

CONSEJO GENERAL/  COMUNICADO DIRIGIDO
A PRESIDENTES DE COLEGIOS

 CIRCULAR DEL BANCO DE ESPAÑA SOBRE LA TRANSPARENCIA DE LOS SERVICIOS BANCARIOS

 Estimados Compañeros:

 Recibimos un comunicado del Director del Área Técnico Jurídica del Consejo General, Domingo Lorente, en el que nos informa que, con fecha 06.07.2012, se ha publicado en el BOE, la Circular 5/2012, de 27 de Junio del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos.

 De dicha Circular, destaca la Norma sexta, la Norma décima y la Norma duodécima en las cuales se establece que estas entidades han de facilitar de forma gratuita al cliente, toda la información precontractual precisa que pueda comparar ofertar similares y pueda adoptar una decisión informada sobre un servicio bancario.

Esta información deberá ser clara, oportuna y suficiente, objetiva y no engañosa, y habrá de entregarse, en papel o en cualquier otro soporte duradero, con la debida antelación en función del tipo de contrato o oferta y, en todo caso, antes de que el cliente asuma cualquier obligación en virtud de dicho contrato u oferta.

En particular, la Norma sexta precisa que en los servicios accesorios al contrato de crédito - en particular de seguro - cuando  la obtención del crédito o su obtención en las condiciones ofrecidas estén condicionadas a la suscripción del servicio accesorio, deberán también facilitarse las condiciones que alternativamente se aplicarían al contrato de crédito si no se contratan los servicios accesorios ( en particular, pólizas de seguros).

 La Norma décima, y en referencia al contenido de los contratos, establece que cuando el perfeccionamiento del contrato se hubiera condicionado a la contratación simultánea o futura de otros productos o servicios, sean estos bancarios o de otra naturaleza, los mismos se identificarán de forma precisa junto con las condiciones de contratación y en su caso de renovación. También se indicará si deben contratarse con algún proveedor concreto o si su contratación es libre, así como su coste cuando éste sea conocido.

 Por último, y sin perjuicio de mencionar que también se indica el tamaño de la letra de los contratos, hay que señalar que la norma duodécima obliga a estas entidades, cuando prestren servicios accesorios, a actuar honesta, imparcial y profesionalmente, atendiendo a la situación personal y financiera, y a las preferencias y objetivos de sus clientes debiendo resaltar toda condición o característica de los contratos que no responda a dicho objetivo.

 La Circular entra en vigor a los tres meses de su publicación en el BOE, salvo lo previsto en la norma sexta y duodécima que comenzará a aplicarse el 1 de enero de 2013 y lo previsto en la norma décima, a partir de 1 de julio de 2013.

 Concluye el Comunicado manifestando que, desde el Consejo General se acoge con satisfacción esta Circular, cuyo contenido se corresponde con las reivindaciones y posiciones mantenidas por el Consejo General ante el Defensor del Pueblo, al que como se recordará, se informó de toda esta situación, y asimismo ante el propio Banco de España en las numerosas quejas y reclamaciones planteadas.

 No obstante, y a pesar de la rotundidad que establece esta Circular en sus planteamientos, todavía no colman por completo nuestras peticiones, por lo que desde el Consejo a través de la recientemente constituida Comisión de Bancaseguros se continuará manteniendo una postura beligerante con la mala praxis que estas entidades realizan en la distribución de seguros.

Esta postura será expuesta en la próxima entrevista que se mantendrá con la Comisión de Economía y Competitividad del Congreso de los Diputados.






Ver más noticias
 
Área del consumidor

Usuario:
Contraseña:
Entrar
Olvidé mi contraseña
 
 
 
Encuesta
¿Te gusta nuestra nueva web? Me encanta Mucho Está bien Es mejorable Poco Votar

Entidades Colaboradoras

Allianz
Arag
Asefa
Asisa
AXA
Berkley
Caser
DKV
Europea
FIATC
IMQ
Ipresa - Grupo Fiatc
Lagun Aro
LibertY
Mapfre
Mutuavenir
Previsión Mallorquina
Reale
Santa Lucia
Surne
Zurich

Colegio de Mediadores de Gipuzkoa | C/ Bertsolari Xalbador, 10 - Bajo San Sebastián 20018 Gipuzkoa | T: 943 314 591 | info@mediadoresgipuzkoa.com
Copyright © 2010 Colegio de Mediadores de Gipuzkoa | Aviso Legal y Política de Privacidad | Mediagest
© Pronamic