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16 de Abril de 2013
Sistema de incentivos para la prevención Bonus
La solicitud del incentivo bonus, base del sistema de incentivos a las empresas que contribuyen a la prevención de riesgos laborales y disminución de la siniestralidad laboral, que entró en vigor con la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, puede presentarse de nuevo en este año 2013 a partir del 1 de abril. Según este decreto pueden beneficiarse de este sistema de incentivos todas las empresas que coticen a la Seguridad Social por contingencias profesionales, cubiertas en entidades gestoras o en mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y que reúnan una serie de requisitos. Como novedad de este año 2013 cabe destacar que pueden solicitar el incentivo las empresas consideradas como pequeñas a efectos del bonus, que son aquéllas que durante los últimos 4 años han cotizado por contingencias profesionales más de 250 € y menos de 5.000 €. Este sistema se financia con cargo al Fondo de Prevención y Rehabilitación constituido por el 80 por 100 del exceso de excedentes de la gestión de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Las empresas que deseen optar al incentivo deberán presentar su solicitud en la mutua o entidad gestora que asuma la protección de sus contingencias profesionales. Será la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social quien dictará la resolución que apruebe o deniegue la concesión del incentivo, y la mutua quien abonará los importes a sus empresas mutualistas beneficiarias. Fuente: Asepeyo Ver más noticias |
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